Aclararon que la misma se aplicó luego de reiteradas infracciones en un local del casco céntrico, por lo que llevó a cabo la clausura el día de ayer y en este caso con un plazo de 25 días corridos.

El juez contravencional Fernando Gonzales comentó, “las actividades nocturnas y controles las lleva a cabo el personal policial a través de un diagrama que se efectúa en conjunto al departamento contravencional a cargo del doctor Adaro”.
Luego recordó que, “el Departamento Contravencional es el órgano facultado para llevar a cabo las acusaciones o los dictámenes acusatorios cuando el escenario en concreto, este está relacionado digamos con algún tipo de infracción descrita en la norma contravencional y ese sería escenario el cual dictamina y evacúa la consulta para llegar a la acusación correspondiente y con posterioridad, esas actuaciones habiéndose configurado el expediente es elevado al juzgado y ahí resolvemos, pero obviamente la previa notificación al presunto infractor para que ejerza su derecho de defensa y allí se resuelve”.
A su vez agregó, “las medidas accesorias de clausura, que el Juzgado ha llevado a cabo en varias oportunidades responden principalmente a la situación de reiteración, no es que a la primera acta se lleva a cabo una clausura, sino que es por la reiteración de las infracciones, entendiendo que por ahí las multas no han sido suficiente o no han generado el impacto entonces allí se lleva a cabo una sanción accesoria de clausura”.
Por otra parte, Gonzales mencionó, “la clausura está descrito en la norma contravencional con un plazo máximo de cumpliendo hasta de 90 días, pero el número en concreto que se fija ya depende de cada caso en concreto y de la severidad de las infracciones o de las reiteraciones y por medio del juzgado en las etapas de determinar la manera de resolver y el número de vías en concreto”.
